Diputado Benavente destaca aprobación de proyecto de ley que regula y reconoce la importancia de la actividad apícola
El proyecto establece que el reconocimiento del Estado a la importancia de la apicultura como generadora de productos, factor polinizador y estratégico para desarrollar la actividad silvoagropecuaria.
El diputado representante por el Maule, Gustavo Benavente, destacó y valoró la aprobación del proyecto de ley que regula la actividad apícola. “En lo principal, reconoce su importancia para conservar la biodiversidad y mantener el equilibrio ecosistémico”, sostuvo el parlamentario.
En esa línea, el legislador gremialista subrayó que “la iniciativa legal promueve, protege y fomenta el desarrollo sustentable de la apicultura como actividad silvoagropecuaria, esto al regular la producción y extracción de productos apícolas y la comercialización de material biológico de esta índole.
Asimismo, agregó Benavente, “norma los servicios de polinización provenientes de toda colmena de abejas en nuestro territorio nacional”.
Según consta en el proyecto, la iniciativa plasma los principios de sustentabilidad, participación, sanidad y bienestar apícola, gradualidad, fomento a la actividad apícola, factor productivo estratégico e inocuidad alimentaria.
La nueva legislación define, para efectos de esta ley, lo que se entiende por abeja, actividad apícola o apicultura, apiario o colmenar, apicultor, carga apícola, colmena y extracción. También, material biológico apícola y miel (tanto alterada como adulterada, falsificada o contaminada). Otras definiciones abarcan polinización, producto apícola, selección y cría de abejas, servicios de estampado de cera y de polinización, trashumancia y área o zona apícola.
Por lo mismo, explicó el diputado por el Distrito 18, “la iniciativa crea dos registros, su administración estará a cargo del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG). El primero, será el Registro Nacional de Apicultores que tendrá carácter público, permanente y nacional. En él, todo apicultor que labore en el país deberá inscribir sus apiarios en las categorías de actividades apícola de producción; polinización; selección y cría y de otro tipo”.
“El segundo registro es el de Estampadores de Cera. Allí se inscribirá toda persona que realice este tipo de servicios”, agregó.
En materia de infracciones, el diputado UDI indicó que se clasifican en gravísimas, graves y leves. Entre las primeras, se cuenta afectar gravemente la salud de las colmenas; y fabricar o comercializar miel u otros productos apícolas adulterados o falsificados. Igualmente están en este marco el desarrollar la actividad apícola sin encontrarse incorporado en registro alguno e impedir, deliberadamente, la fiscalización. Este tipo de infracciones serán sancionadas con multas de una a 200 UTM.
Finalmente, el diputado Gustavo Benavente hizo un llamado a sus pares a sacar esta Ley lo antes posible, con el fin de proteger nuestra producción apícola.
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